miércoles, 5 de mayo de 2010

Patrimonio Musical

He escrito en entradas anteriores acerca del problema que rodea al patrimonio digital musical y la necesidad de protegerlo. Tal vez debería primero aclarar que hay un largo camino por recorrer, "anterior" a la protección del patrimonio digital musical.
El término patrimonio musical(en general) no existe en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, ni en la enciclopedia Norton de música o el diccionario de Casares sobre la Música Española e Hispanoamericana. Actualmente se habla de patrimonio musical para referirse a cualquier cosa relacionada directa o indirectamente con música o musicología. Por tanto es necesario definir qué es patrimonio musical específicamente y los bienes que lo constituyen.

Según la Dra. María Gembero, el patrimonio musical español es «... el conjunto de bienes y manifestaciones musicales materiales e inmateriales producido por la sociedad hispana a través de su historia que contribuye a identificar y diferenciar su cultura y debe ser protegido, conservado y difundido.»1


1.- María Gembero. "El patrimonio musical y su gestión". Revista de Musicología. Madrid. 1, 2005.